H. Congreso del Estado de Oaxaca
LXI Legislatura Constitucional
Elecciones y Sistemas Electorales
Las Elecciones son actos de interés Público. Su organización y desarrollo estarán a cargo del órgano electoral http://www.iee-oax.org.mx.
Las elecciones ordinarias de Diputados Locales, Gobernador del Estado y de los integrantes de los ayuntamientos por el régimen de partidos políticos, se celebrarán el primer domingo de julio del año que corresponda (ver Art 25 A)DE LAS ELECCIONES B)DE LOS PARTIDOS).
El Poder Legislativo se ejerce por el Congreso del Estado, y estará integrado por diputados que serán electos cada tres años por los ciudadanos oaxaqueños, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo; por cada diputado propietario se elegirá un suplente. (Art 31).
El Congreso del Estado estará integrado por 25 diputados electos según el principio de mayoría relativa en distritos electorales uninominales y 17 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional (ver Art 33).
Para ser diputado propietario o suplente se requiere: Ser nativo del estado de Oaxaca (ver Art 34) y pueden ser electos para este cargo los señalados en (ver Art 35 al Art 39).
Los Artículos a los que se hace referencia corresponden a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
Resultados de las elecciones anteriores:
2004 - 2007
2010