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    OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

    Artículo 36


    LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE OAXACA “LTAIPEO” DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA ESPECÍFICAS

    Artículo 36.

    Los sujetos obligados que realicen obra pública deberán difundir físicamente en el lugar de la obra, una placa o inscripción que señale que fue realizada con recursos públicos y el costo de la misma.

     

     

     

     

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